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El Gobierno reglamentó el Fondo de Asistencia Laboral y definió cómo funcionará el nuevo sistema de indemnizaciones

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    Diario Libre
  • 1 jun
  • 3 min de lectura

medida establece la creación de fondos administrados por entidades autorizadas para garantizar el pago de indemnizaciones laborales. El esquema comenzará a regir el 1 de noviembre y alcanzará a empleadores del sector privado.



El Gobierno nacional reglamentó el funcionamiento del Fondo de Asistencia Laboral (FAL), una de las principales herramientas contempladas en la Ley de Modernización Laboral aprobada a comienzos de este año. La normativa establece un nuevo mecanismo destinado a garantizar el pago de indemnizaciones por despido mediante fondos específicos financiados por aportes de los empleadores.


La reglamentación fue publicada en el Boletín Oficial y define las condiciones de implementación, administración y control del sistema, que entrará en vigencia el próximo 1 de noviembre.


El nuevo régimen estará destinado a empleadores del sector privado y no alcanzará a trabajadores del sector público ni a aquellas relaciones laborales excluidas expresamente por la legislación vigente. Según lo dispuesto, cada empleador deberá constituir una cuenta individual dentro de un fondo común de inversión o fideicomiso financiero autorizado por la Comisión Nacional de Valores (CNV).


La cobertura del sistema estará disponible únicamente para trabajadores que hayan sido registrados de manera formal al menos doce meses antes de la finalización de la relación laboral.


De acuerdo con la reglamentación, los fondos deberán cumplir criterios de suficiencia financiera, liquidez y diversificación de inversiones para garantizar la capacidad de afrontar obligaciones indemnizatorias incluso en escenarios de crisis económicas o despidos masivos. Los parámetros mínimos serán revisados periódicamente por las autoridades competentes.


El procedimiento establece que cada empleador deberá seleccionar una entidad habilitada por la CNV para administrar su cuenta. Una vez completado el trámite, recibirá un identificador único denominado “ID FAL”, que será utilizado para canalizar los aportes obligatorios.


La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) será la encargada de derivar las contribuciones mensuales hacia las cuentas correspondientes, integrando el mecanismo a la declaración unificada de la seguridad social. En los casos en que el empleador no informe una entidad administradora dentro del plazo previsto, la CNV asignará una de oficio para asegurar la continuidad del sistema.


La normativa también establece beneficios fiscales para las empresas adheridas. Los aportes realizados al FAL podrán deducirse del Impuesto a las Ganancias y generarán una reducción equivalente en las contribuciones patronales destinadas a la seguridad social, salvo en situaciones específicas previstas por la legislación.


En cuanto a la administración de los recursos, las inversiones estarán limitadas a instrumentos financieros y valores negociables dentro del mercado argentino. Además, la comisión total por administración no podrá superar el 1% anual del patrimonio administrado.


Cuando se produzca una desvinculación laboral alcanzada por el régimen, el empleador deberá presentar una declaración jurada electrónica con los datos correspondientes. Posteriormente, la entidad administradora verificará la información del trabajador y realizará la transferencia directa de la indemnización a su cuenta bancaria en un plazo máximo de cinco días hábiles.


La responsabilidad por el cálculo correcto de la indemnización continuará siendo exclusiva del empleador, mientras que la entidad administradora tendrá a su cargo la gestión y transferencia de los fondos.


El sistema también incorpora mecanismos de portabilidad que permitirán trasladar los recursos entre distintas entidades habilitadas. Asimismo, contempla procedimientos específicos para casos de reorganización empresaria, transferencia de establecimientos o cesión de personal.


Por otra parte, la reglamentación prevé sanciones para quienes incumplan con la obligación de realizar los aportes correspondientes. En esos casos, ARCA podrá aplicar multas e iniciar procesos de ejecución fiscal para reclamar las sumas adeudadas.


Además, las cuentas vinculadas al Fondo de Asistencia Laboral estarán exentas del impuesto sobre los créditos y débitos bancarios, mientras que los organismos intervinientes deberán garantizar la confidencialidad y seguridad de la información intercambiada durante la administración del sistema.


Con esta reglamentación, el Gobierno avanza en la implementación de uno de los cambios más relevantes de la reforma laboral, con el objetivo de establecer un esquema de financiamiento anticipado para las indemnizaciones y brindar mayor previsibilidad tanto a empleadores como a trabajadores registrados del sector privado.

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