AMIA: la Cámara Federal ordenó avanzar con el juicio en ausencia contra los iraníes acusados
- Diario Libre

- 21 may
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El tribunal revocó una decisión del juez Daniel Rafecas y habilitó que continúe el proceso hacia el juicio oral pese a que todavía resta una definición sobre la constitucionalidad de la ley de juicio en ausencia.

La Cámara Federal porteña ordenó este jueves avanzar con el proceso de elevación a juicio oral en ausencia contra los ciudadanos iraníes y libaneses acusados por el atentado a la AMIA, ocurrido el 18 de julio de 1994.
La decisión fue tomada por los jueces Mariano Llorens y Martín Irurzun, integrantes de la Sala I del Tribunal de Apelaciones, quienes revocaron una resolución del juez federal Daniel Rafecas que había frenado el trámite hasta que la Cámara Federal de Casación Penal resolviera un planteo sobre la constitucionalidad de la ley de juicio en ausencia.
Con este fallo, el tribunal habilitó que continúe el avance procesal y la preparación del envío a juicio oral, pese a que aún sigue pendiente la discusión judicial sobre la validez constitucional de la norma.
La causa se encontraba paralizada luego de que la defensa oficial de los acusados iraníes presentara un recurso ante Casación cuestionando la ley 27.784, sancionada para permitir el juzgamiento en ausencia de acusados prófugos en delitos graves vinculados a terrorismo y violaciones a los derechos humanos.
El titular de la Unidad Fiscal AMIA, Sebastián Basso, había solicitado que el expediente continuara avanzando mientras se esperaba la definición del máximo tribunal penal federal. Sin embargo, Rafecas consideró que debía aguardarse previamente una resolución definitiva sobre la constitucionalidad de la norma.
Tras la apelación del fiscal, la Cámara Federal resolvió habilitar la continuidad del proceso y remarcó la necesidad de evitar nuevas demoras en una causa que lleva más de tres décadas sin juicio.
En su voto, el camarista Mariano Llorens sostuvo que debe priorizarse “la necesidad de dotar de celeridad a la causa” y remarcó que el atentado contra la AMIA “no constituye un delito ordinario susceptible de ser sanado por el mero transcurso del tiempo”.
Además, recordó que “ya han pasado más de treinta años desde el atentado contra la sede de la AMIA y este deber estatal aún no ha sido cumplido”.
El magistrado también citó la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el caso “Asociación Memoria Activa vs. Argentina”, donde se ordenó al Estado argentino remover todos los obstáculos que sostienen la impunidad del atentado.
Llorens defendió además la aplicación de la ley de juicio en ausencia y afirmó que paralizar nuevamente el expediente “implica diluir las metas de la ley”.
Por su parte, el camarista Martín Irurzun coincidió con el planteo de la fiscalía y sostuvo que la normativa fue creada precisamente para permitir el avance de procesos judiciales “cuando aquello se encuentre obstaculizado por la rebeldía de los implicados”.
También advirtió que “no es admisible anteponer obstáculos formales de derecho interno” que terminen impidiendo el juzgamiento de delitos graves vinculados a violaciones de derechos humanos.
Con esta resolución, la Sala I ordenó avanzar conforme a lo solicitado por el Ministerio Público Fiscal.
Actualmente, la Unidad Fiscal AMIA impulsa el procesamiento de diez ciudadanos iraníes y libaneses acusados de haber participado en la planificación y ejecución del atentado terrorista que dejó 85 muertos y más de 300 heridos.
Todos los acusados permanecen prófugos de la Justicia argentina y cuentan con alertas rojas de Interpol vigentes desde 2006.
Además, el fiscal Sebastián Basso solicitó recientemente la captura internacional de Alí Asghar Hejazi, uno de los principales jerarcas del régimen iraní, incorporado a la investigación como presunto responsable del atentado.
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