Condenan a Movistar por un accidente con cable suelto y absuelven a la Municipalidad de Capital
- Diario Libre

- 30 ene
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Una mujer sufrió graves lesiones al enredarse con cables de telefonía en una vereda. La Justicia responsabilizó a la empresa Movistar y desvinculó al municipio. La indemnización supera los 7 millones de pesos con intereses.
Un accidente ocurrido en la vía pública de la ciudad de San Juan derivó en una sentencia civil que condena a la empresa Movistar y exime de responsabilidad a la Municipalidad de Capital.
El fallo fue dictado por la jueza Adriana Tettamanti, quien atribuyó la responsabilidad exclusiva a la empresa de telecomunicaciones por las lesiones sufridas por María Julia Romero, descartando cualquier culpa del Estado municipal.
El hecho ocurrió el 9 de junio de 2021, en la vereda este de avenida Rawson, cuando la mujer salía de misa y se disponía a subir a la camioneta de su familia. En ese momento, se enredó con cables de telefonía sueltos que se encontraban tirados en la vereda y, al moverse el vehículo, sufrió un profundo corte en el tobillo derecho.
Las lesiones requirieron cirugía, tratamiento médico, rehabilitación y sesiones de kinesiología, lo que motivó a la víctima a iniciar una demanda contra Movistar y la Municipalidad por presunta negligencia.
En su resolución, la magistrada consideró acreditado que los cables pertenecían al servicio de telefonía y que la empresa no garantizó una instalación segura, mientras que no se probó que el municipio fuera propietario, autorizante o responsable del tendido, por lo que fue desvinculado del proceso.
Movistar fue condenada a pagar algo más de 2 millones de pesos, monto que, con intereses, podría actualizarse a unos 7,3 millones de pesos si la sentencia queda firme. La indemnización incluye gastos médicos, traslados, tratamientos, incapacidad sobreviniente y daño moral.
El fallo también valoró negativamente la conducta procesal de la empresa, que no respondió la demanda ni compareció en instancias clave, incluida la audiencia final, lo que fue interpretado como una admisión de los hechos. Un intento posterior de presentar un alegato fuera de término fue rechazado por el tribunal.
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