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El Gobierno puso en marcha la ley de Inocencia Fiscal: las claves

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    Diario Libre
  • hace 2 horas
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La Casa Rosada reglamentó el Régimen Penal Tributario y el Procedimiento Tributario. La normativa redefine los umbrales de evasión, limita los controles patrimoniales de la ARCA y establece los requisitos para adherir al Régimen Simplificado de Ganancias.

El Gobierno nacional reglamentó la Ley de Inocencia Fiscal, una iniciativa que modifica de manera sustancial el Régimen Penal Tributario y el Procedimiento Tributario, con el objetivo de incentivar la formalización de capitales no declarados y promover el uso de los denominados “dólares del colchón”.


La normativa, que entra en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial, introduce cambios en el Régimen Penal Tributario y en el Código Civil y Comercial. Entre los ejes centrales, se plantea una reducción de los controles patrimoniales y un esquema de cumplimiento basado en la facturación y los ingresos declarados ante la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA).


Desde el organismo recaudador señalaron que la reglamentación busca modificar el enfoque histórico del control fiscal. “La Ley de Inocencia Fiscal viene a poner las cosas en su lugar y le devuelve la libertad a los argentinos de usar su dinero sin darle explicaciones a nadie”, expresaron en el comunicado oficial difundido tras la publicación de la norma.


Uno de los cambios más relevantes es la actualización de los montos que configuran delito de evasión. El umbral de evasión simple se elevó de 1,5 millones a 100 millones de pesos, mientras que el de evasión agravada pasó de 15 millones a 1.000 millones de pesos. En paralelo, el plazo de prescripción de los delitos tributarios se redujo de cinco a tres años.


Este nuevo esquema implica que quienes adhieran al Régimen Simplificado de Ganancias en los próximos meses no podrán ser investigados por períodos anteriores una vez vencido el nuevo plazo de prescripción, que operará a partir de 2029.


Además, la reglamentación establece que la evasión deja de ser automáticamente un delito penal. En caso de incumplimiento, el contribuyente notificado podrá regularizar su situación mediante el pago de la deuda correspondiente, sin necesidad de enfrentar una causa penal, siempre que lo haga dentro de los plazos previstos.


Las claves de la reglamentación


Para adherir al régimen, los contribuyentes deberán cumplir con una serie de requisitos, entre los que se destacan:


Ingresos totales de hasta 1.000 millones de pesos anuales.


Patrimonio total de hasta 10.000 millones de pesos.

No revestir la condición de Gran Contribuyente Nacional.


La verificación de estos parámetros se realizará considerando el período fiscal de adhesión y los dos períodos fiscales anteriores, sin acumular los montos entre años.


En este marco, ARCA pondrá a disposición una Declaración Jurada Simplificada precargada, que podrá ser revisada, modificada y presentada por el contribuyente. La presentación en tiempo y forma, junto con el pago del impuesto correspondiente —o la adhesión a un plan de facilidades dentro del vencimiento— otorgará efecto liberatorio respecto del Impuesto a las Ganancias del período fiscal base.


Otro punto relevante es que la constancia digital de adhesión al Régimen Simplificado de Ganancias será considerada un antecedente favorable ante entidades financieras y sujetos obligados por la normativa de prevención de lavado de activos. No obstante, se aclara que esta validación no exime del cumplimiento de los controles que establece la legislación vigente.


La reglamentación también precisa que ARCA no analizará los incrementos patrimoniales, incluidos los depósitos bancarios, lo que representa un cambio significativo en el esquema tradicional de fiscalización y refuerza el objetivo oficial de promover la exteriorización y formalización de capitales.


Con esta normativa, el Gobierno busca redefinir la relación entre el Estado y los contribuyentes, priorizando un esquema de cumplimiento voluntario, reducción de la litigiosidad penal y estímulo a la actividad económica formal.

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