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El Juzgado de Paz de Iglesia detalló los requisitos para autorizar viajes de menores y uso de vehículos por no titulares

  • Foto del escritor: Diario Libre
    Diario Libre
  • 6 dic 2025
  • 2 Min. de lectura

La jueza Victoria Aguilera informó la documentación y los procedimientos necesarios para autorizar viajes dentro y fuera del país de niños, niñas y adolescentes, así como las condiciones para permitir la conducción de vehículos a personas que no son titulares del rodado.

El Juzgado de Paz Letrado de Iglesia, a cargo de la jueza Dra. Victoria Aguilera, informó los requisitos actualizados para autorizar viajes de niños, niñas y adolescentes, tanto dentro del país como al exterior, además de recordar la documentación necesaria para habilitar a terceros a conducir vehículos cuyos titulares son otras personas. La magistrada remarcó la importancia de contar con las autorizaciones correspondientes para evitar inconvenientes durante los controles migratorios o viales.


En cuanto a los viajes al exterior, se detalló que los menores que salgan del país deberán presentar una autorización específica. Si viajan con uno de sus progenitores, será obligatorio contar con el permiso del otro. En los casos en que el niño viaje solo o acompañado por un tercero, la autorización deberá estar firmada por ambos progenitores o por su tutor legal. Ante la negativa, imposibilidad o ausencia de alguno de ellos, se podrá gestionar una autorización judicial supletoria que permita concretar el viaje.


Respecto a los desplazamientos dentro del territorio nacional, el Juzgado aclaró que los menores que viajen solos o con un acompañante que no sea padre, madre o tutor necesitarán una autorización con la firma de ambos progenitores. Cuando el viaje sea realizado junto a al menos uno de ellos, no será necesario tramitar permisos adicionales. Estas medidas, señalaron, buscan garantizar la protección integral de niños y adolescentes durante los traslados y prevenir situaciones de riesgo.


Para iniciar los trámites, se solicitó presentar la documentación obligatoria: DNI del niño, niña o adolescente; partida de nacimiento actualizada y legalizada; DNI de los progenitores o tutor; resolución judicial en caso de tutoría formal; y, si corresponde, el DNI de la persona que acompañará al menor. Esta documentación permite verificar la identidad y el vínculo familiar o legal, requisitos indispensables para la aprobación de las autorizaciones.


Las gestiones pueden realizarse en los Juzgados de Paz, escribanías públicas u oficinas de Migraciones. En San Juan, las autorizaciones se tramitan en los Juzgados de Paz Letrados habilitados, aunque existen excepciones según cada jurisdicción. Desde el organismo recordaron que es fundamental consultar previamente para confirmar el lugar y disponibilidad del servicio.


Además, el Juzgado de Paz informó que toda persona que conduzca un vehículo sin ser titular del rodado deberá contar con una autorización expresa del propietario. Para ello, se requiere presentar la Cédula Verde o el título automotor, la licencia de conducir de la persona autorizada y, en caso de tratarse de un vehículo perteneciente a una empresa, el contrato social u otra documentación que acredite la representación legal. La autorización puede gestionarse en los mismos organismos que habilitan permisos de viaje.


Finalmente, la jueza Aguilera destacó que cumplir con estos procedimientos evita demoras, multas o retenciones vehiculares, y contribuye a brindar mayor seguridad jurídica tanto a las familias como a los conductores.

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