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Entró en vigencia la modificación de la Ley de Glaciares tras su promulgación

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    Diario Libre
  • hace 3 horas
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El Gobierno nacional oficializó la Ley 27.804, que introduce cambios en la protección de los glaciares y reconoce mayor protagonismo a las provincias en la gestión de los recursos naturales.



El Gobierno nacional promulgó la Ley 27.804, que modifica el régimen de Presupuestos Mínimos para la Protección de los Glaciares y del Ambiente Periglacial, tras su aprobación en el Congreso. La norma fue publicada en el Boletín Oficial y ya se encuentra en vigencia.


El nuevo texto redefine el alcance de la legislación, manteniendo la protección de los glaciares como reservas estratégicas de recursos hídricos, pero incorporando cambios vinculados a la gestión y competencias jurisdiccionales.


La norma establece que los glaciares deben ser preservados como fuentes de agua destinadas al consumo humano, la agricultura, la biodiversidad, la investigación científica y el turismo. Además, ratifica su carácter de bienes públicos.


Al mismo tiempo, introduce una interpretación alineada con los artículos 41 y 124 de la Constitución Nacional, reconociendo a las provincias como titulares del dominio originario de los recursos naturales, en respuesta a planteos de distintos distritos.


El texto mantiene el rol del Instituto Argentino de Nivología, Glaciología y Ciencias Ambientales en la elaboración del Inventario Nacional de Glaciares, donde se identifican las geoformas que cumplen funciones hídricas.


Como novedad, se incorpora el “principio precautorio”, mediante el cual todos los glaciares y ambientes periglaciales incluidos en el inventario serán considerados protegidos hasta que estudios técnico-científicos determinen lo contrario.


En caso de verificarse que una geoforma no cumple funciones hídricas, la autoridad competente deberá informarlo al organismo para su exclusión del inventario.


La ley mantiene la prohibición de actividades que puedan alterar de manera significativa las condiciones naturales de los glaciares o sus funciones hídricas, incluyendo la explotación minera e hidrocarburífera, la construcción de obras de infraestructura y el desarrollo de actividades industriales.


Asimismo, establece que cualquier proyecto en estas áreas deberá someterse a una evaluación de impacto ambiental previa, con posibilidad de incorporar evaluaciones estratégicas cuando la magnitud de la intervención lo requiera.

El proceso deberá incluir instancias de participación ciudadana.


La normativa dispone que cada jurisdicción definirá la autoridad competente en materia ambiental, mientras que en áreas protegidas la responsabilidad recaerá en la Administración de Parques Nacionales.


Además, las autoridades provinciales deberán identificar los glaciares y ambientes periglaciales en sus territorios y remitir esa información al IANIGLA para la actualización del inventario nacional.


Con estos cambios, el nuevo marco legal busca equilibrar la protección ambiental con la administración de los recursos naturales por parte de las provincias, en un contexto de debate sobre el desarrollo productivo y la preservación de fuentes hídricas.


Fuente: Mineria & Desarrollo

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