Es oficial la reforma migratoria: cuáles son los cambios para los inmigrantes en acceso a la salud, educación, permanencia y deportaciones
- Diario Libre
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La madrugada de hoy entró en vigencia el decreto que endurece las condiciones de ingreso, permanencia y deportación de extranjeros en Argentina. La reforma establece nuevas reglas para el acceso a la salud y la educación, fija requisitos para naturalización y amplía las facultades de las autoridades migratorias para controlar y sancionar infracciones.
29 de mayo de 2025 - 08:35

Acceso a salud pública y educación
Salud pública:Los extranjeros con residencia temporaria deberán contar con un seguro de salud privado. No tenerlo será motivo suficiente para negarles el ingreso al país. Sin embargo, se garantiza la atención médica de emergencia a todas las personas, independientemente de su situación migratoria, pero solo para tratamientos urgentes y consultas.
Educación:Quienes tengan residencia temporaria o se encuentren en situación irregular podrán acceder libremente a la educación inicial, primaria y secundaria, tanto en instituciones públicas como privadas.Para el nivel superior, las universidades estatales podrán cobrar una retribución a los extranjeros no residentes, aunque estos podrán acceder a becas nacionales e internacionales otorgadas por organismos y casas de estudio.
Nuevos requisitos para la naturalización
Podrán solicitar la naturalización los extranjeros mayores de 18 años con residencia mínima de dos años consecutivos en el país, debiendo acreditar residencia y manifestar su voluntad ante la Dirección Nacional de Migraciones.
También podrán acceder a la naturalización quienes hayan realizado inversiones relevantes en Argentina, sin importar el tiempo de residencia. La relevancia de la inversión será evaluada por el Ministerio de Economía.
Condiciones para el ingreso al país
El ingreso queda restringido a las fronteras oficiales (terrestres, fluviales, marítimas o aéreas).
Se exige una declaración jurada con motivo del viaje y un seguro de salud contratado para permitir el ingreso.
Está prohibido el ingreso a personas con condenas por delitos dolosos graves (contra la vida, integridad sexual, poderes públicos o el orden constitucional), o que hayan cometido fraude migratorio o presentado documentación falsa.
Se impedirá el ingreso a quienes hayan facilitado o promovido la entrada ilegal de extranjeros con fines de lucro o hayan falseado el motivo de su ingreso.
Las autoridades podrán negar el ingreso si se detectan irregularidades o antecedentes penales, incluso si la condena fue cumplida fuera del país.
Régimen de permanencia, deportación y retiro de residencia
La residencia permanente será revocada a quienes cometan delitos penales que impliquen pena de cárcel.
Se ordenará la expulsión a extranjeros que incumplan con requisitos migratorios como falta de domicilio declarado, ingreso sin pasar controles, o permanencia más allá del plazo autorizado.
La prohibición de reingreso tendrá una duración mínima de 5 años, pudiendo extenderse según la gravedad de la infracción.
Residentes permanentes perderán su estatus si permanecen fuera del país más de un año; residentes temporarios perderán la residencia si exceden los seis meses fuera.
La Dirección Nacional de Migraciones podrá solicitar órdenes de retención para evitar que el extranjero se fugue antes de finalizar el procedimiento de expulsión.
Fuente: Tiempo De San Juan
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