La Ley de Desarrollo Local Minero requerirá reglamentación para comenzar su implementación
- Diario Libre

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El Gobierno de San Juan confirmó que la normativa necesitará una reglamentación que establezca los procedimientos administrativos y operativos para su aplicación. El objetivo será garantizar transparencia, seguridad jurídica y un funcionamiento eficiente del sistema previsto por la ley.

Tras la aprobación de la Ley de Desarrollo Local Minero, una de las principales dudas surgidas en el sector fue si la norma entraría en vigencia de manera inmediata o si requeriría una reglamentación para su implementación.
Según pudo confirmar M&D a través de consultas con legisladores y fuentes oficiales, la ley deberá ser reglamentada antes de su aplicación plena. Incluso, el propio texto aprobado contempla que distintos aspectos específicos serán definidos mediante esa instancia reglamentaria.
Desde el Gobierno provincial explicaron que esta situación no representa una debilidad de la norma, sino que constituye una herramienta para garantizar una implementación ordenada y eficiente.
La ley establece los principios generales, los objetivos, las obligaciones y los instrumentos destinados a fortalecer el desarrollo del empleo local y de los proveedores sanjuaninos vinculados a la actividad minera. En cambio, la reglamentación será la encargada de definir los mecanismos administrativos y operativos necesarios para llevar esos lineamientos a la práctica.
Qué aspectos deberá definir la reglamentación
Entre los principales puntos que deberá desarrollar el Poder Ejecutivo se encuentran:
Los procedimientos para la presentación y actualización de los Planes de Desarrollo de Empleo Local y de Proveedores Locales.
Los mecanismos de auditoría y control.
La emisión de certificados previstos por la normativa.
El funcionamiento del Registro Provincial de Proveedores Mineros (RE.PRO.MIN.).
La conformación del Consejo Consultivo.
La creación y funcionamiento de la Unidad Técnica Interministerial.
Los criterios de evaluación, seguimiento e indicadores establecidos por la ley.
Desde el Ejecutivo remarcaron que la reglamentación no modificará el contenido ni los objetivos de la norma, sino que tendrá la función de transformar los principios establecidos por la ley en herramientas concretas de gestión.
En ese sentido, destacaron que este proceso será determinante para conocer cómo se implementará en la práctica el régimen de desarrollo local y si conservará el espíritu consensuado durante el tratamiento legislativo con cámaras de proveedores, colegios profesionales y demás actores vinculados a la actividad minera.
Fuente: M&D
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